Algorfa aprueba una ordenanza municipal para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal

Esta normativa afecta a patinetes, patines, monopatines, bicicletas y similares

El Ayuntamiento de Algorfa ha aprobado una ordenanza municipal para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal como patinetes, patines, monopatines, bicicletas y similares.

Esta señala que los conductores de patinetes deben tener al menos 15 años, mientras que en el caso de las bicicletas no hay edad mínima. Además, aquellos que circulen en cualquier de estos vehículos están obligados a llevar chalecos reflectantes de noche y a llevar casco, en el caso de los VMP siempre, y en el de las bicicletas para menores de 16 años.

Todos estos vehículos, además, tienen prohibida la circulación y el estacionamiento por aceras, paseos y demás zonas destinadas al uso de peatones. Además, el alumbrado y el timbre son obligatorios. Respecto al número de personas que pueden ir en estos vehículos, en los VMP solo podrá circular una persona, al igual que en el caso de las bicicletas, a excepción de las bicicletas si el segundo pasajero es menor de 7 años y cuenta con sistemas homologados para ello.

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